El pasado septiembre, la Audiencia Provincial de Madrid absolvió de un delito de seguridad vial, a un hombre que, mientras conducía bajo los efectos del alcohol, rozó a otro coche al aparcar. Según el acusado, no vio el vehículo que estaba detrás suyo al estacionar rozándole el parachoques. El conductor de dicho vehículo trató de llamar su atención tocando el claxon, pero no tuvo resultado. Su mujer, que iba de copiloto, trató de solucionar las cosas bajándose del coche para hablar, pero el acusado se marchó. Horas más tarde fue localizado por la policía municipal y se sometió a un test de alcoholemia de voluntariamente dando positivo (0,42 miligramos primero y 0,40 después). Aún así, ha sido absuelto aunque la sentencia no es firme.
Argumentos
Para su absolución, la Audiencia Provincial de Madrid se ha apoyado en varios argumentos. En primer lugar, el propio acusado admitió el roce durante el estacionamiento y, al ver que la mujer estaba alterada, supuso que la mejor opción sería hablar las cosas más en otro momento con los seguros de por medio. Por otro lado, el acusado iba acompañado de dos amigos con los que había salido esa noche y que se encontraban despiertos, pero él dejó de beber sobre las 2:30 o 3:00 de la madrugada porque sabía que tenía que conducir. Por último, la prueba de alcoholemia, realizada casi nueve horas más tarde, no supone que a la hora del accidente condujera afectado por el alcohol.