La Agencia Española de Protección de Datos ha sancionado con una multa de 5.000 euros a una empresa de alojamientos turísticos por pedir una fotografía a una familia para poder alquilar un apartamento. Así, se les pedía que fuese en modo selfie y que se vieran sus rostros. La familia reclamaron apoyándose en que “dicha exigencia de datos es excesiva, sin haber recibido información sobre la fundamentación de dicha petición”.
La familia aportó como prueba la conversación mantenida con la empresa a través de WhatsApp en la que la parte reclamada explicaba que “era un proceso para la seguridad de ambas partes. Recibimos muchas reservas falsas con documentación robada, pero este sistema nos ayuda a controlar las estafas”.
Argumentos
– La Agencia ha determinado que el hecho de “entregar una copia de la documentación personal implica, entre otros, un riesgo innecesario de suplantación de la identidad, que debe ser evitado”.
– Se sanciona por el incumplimiento de la obligación del RGDP, sobre minimización de datos que “implica que se deben tratar únicamente los datos que, en este caso, el hotel necesite para la prestación del servicio”.
Ante el rechazo de la familia de enviar la foto, se les denegó el acceso al apartamento: “De mi parte no puedo realizar el check-in sin estos datos. Lo siento”. Ante la situación, el afectado respondió que estaba “de camino con dos menores de edad y no quiero quedarme en la calle. Pero reservo mi derecho a denunciaros ante la Agencia de Protección de Datos”.